LEY GENERAL DE SOCIEDADES:
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REGLAMENTO DE COMPROBANTES DE PAGO
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PLAN CONTABLE
El plan contable es un concepto que nos permite agrupar en
familias todos los recursos de la empresa para poder llevar
más fácilmente las cuentas de la misma. Esta agrupación nos permitirá en la práctica
el poder trabajar con otros documentos más
complejos.
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ADMINISTRACION EMPRESARIAL
La
administración y la empresa son dos conceptos íntegramente relacionados dentro
del mundo empresarial, un negocio ha de necesitar una buena administración para
su desarrollo, así como la administración ha de necesitar alguna forma de
organización para aplicar sus aptitudes de planificación y dirección, como
veras la administración y la empresa son una composición muy común en estos
tiempos, donde los negocios emergentes no solo buscan entrar al mercado sino
también permanecer y crecer en el tiempo.
Definición de
administración:
La administración es el proceso de planificar, organizar, dirigir y controlar el uso adecuado de los recursos y las actividades de trabajo con el objetivo de lograr las metas establecidas por la empresa de manera eficiente y eficaz.
La administración es el proceso de planificar, organizar, dirigir y controlar el uso adecuado de los recursos y las actividades de trabajo con el objetivo de lograr las metas establecidas por la empresa de manera eficiente y eficaz.
División de
la Administración:
Para un mejor estudio de la Administración Conduce Tu Empresa (al igual que muchos autores de diferentes libros sobre el tema) ha dividido la administración en cuatro áreas, las cuales son llamados Procesos Administrativos, las cuales no son independientes una de la otra sino que interactúa en conjunto para lograr que las organizaciones logren sus metas:
1. Planificación:
Es el diseño de un futuro deseado, en ella se discuten, analizan y se plantean reglas y metas para lograr objetivos determinados. Es decir, es la fijación de objetivos, estrategias y políticas organizacionales que se dan en una empresa considerando las fortalezas, debilidades, oportunidades y amenazas (Análisis FODA) que posee nuestro negocio.
En la Planificación se analizan temas como las Metas, Objetivos, Estrategias Planes, entre otros.
Para un mejor estudio de la Administración Conduce Tu Empresa (al igual que muchos autores de diferentes libros sobre el tema) ha dividido la administración en cuatro áreas, las cuales son llamados Procesos Administrativos, las cuales no son independientes una de la otra sino que interactúa en conjunto para lograr que las organizaciones logren sus metas:
1. Planificación:
Es el diseño de un futuro deseado, en ella se discuten, analizan y se plantean reglas y metas para lograr objetivos determinados. Es decir, es la fijación de objetivos, estrategias y políticas organizacionales que se dan en una empresa considerando las fortalezas, debilidades, oportunidades y amenazas (Análisis FODA) que posee nuestro negocio.
En la Planificación se analizan temas como las Metas, Objetivos, Estrategias Planes, entre otros.
2. Organización:
Es la creación de un
sistema organizado para el logro de metas y objetivos, definiendo dentro de
ello responsabilidades y obligaciones. En otras palabras, es el arreglo
ordenado de los recursos y funciones que se estiman necesarias para cumplir
nuestro objetivo, es el establecimiento de la estructura necesaria para la
sistematización racional de los recursos, mediante la determinación de
jerarquías, disposición, correlación y agrupación de actividades, con el fin de
poder realizar y simplificar las funciones de la empresa.
En la Organización se analizan temas como la Estructura, Administración de RRHH, entre otros.
En la Organización se analizan temas como la Estructura, Administración de RRHH, entre otros.
3. Dirección:
Es la influencia o
capacidad de persuasión ejercida por medio del liderazgo sobre los individuos
para la consecución de los objetivos fijados; basado esto en la toma de
decisiones.
En la Dirección se analizan temas como la Motivación, Liderazgo, Comunicacion, Comportamiento individual y grupo, entre otros.
En la Dirección se analizan temas como la Motivación, Liderazgo, Comunicacion, Comportamiento individual y grupo, entre otros.
4. Control:
Es la medición del
desempeño ejecutado que es comparando continuamente con los objetivos y metas
fijadas; al detectar errores o desvíos se toman las medidas necesarias para
corregirlos, este es un proceso muy ligado a la Planeación, el control es
la fase a través del cual se evalúan los resultados obtenidos en relación con
lo planeado, a fin de corregir desviaciones y errores para mejorar
continuamente.
En el Control se analizan temas como las Normas, Medidas, Acciones, entre otros.
En el Control se analizan temas como las Normas, Medidas, Acciones, entre otros.
CHEQUE
El cheque es un
documento mercantil, aceptado como medio de pago, que emite y firma una
persona(librador), para que una entidad financiera (librador) pague
la cantidad consignada en el mismo a otra persona (tenedor
o beneficiario), siempre y cuando disponga de fondos en la cuenta
contra la que se libra el cheque.
- El «librador»: Sería el que tiene
la deuda que puede ser una persona, física o jurídica, que se
compromete a pagar la cantidad reflejada en el cheque
- El «librado»: Es la entidad financiera que le da al librador
(deudor) el cheque. Tiene que tener una cuenta abierta en esa
entidad para hacer frente a la cantidad reflejada en el cheque.
- El «beneficiario»: Es quien tiene en
su poder el cheque y es quién va a cobrar la
cantidad reflejada en él mismo. También se le conoce por “tomador” o
“tenedor” del cheque.
ELEMENTOS
¿De dónde salen los números de tu empresa? Conoce los
elementos básicos de contabilidad: balance general, los activos, bienes,
pasivos, patrimonio y capital
LIBROS CONTABLES
Con los libros contables puedes seguir tus operaciones y
ordenar tu empresa. Debes usarlos en nuevos soles y desde que empieza a
funcionar tu empresa.
FACTURA
¿QUÉ ES UNA FACTURA?
Es un comprobante de pago que se emite en operaciones netamente comerciales.
¿QUIENES DEBEN EMITIR FACTURA?
Las personas naturales o jurídicas dedicadas a comercializar productos, producir o prestar servicios, además se encuentren acogidos al Régimen Especial de renta (RER) o Régimen General.
¿A QUIENES SE EMITE LA FACTURA?
Las facturas se emiten a los adquirentes o usuarios que posean RUC, salvo en operaciones de exportación y servicios de comisión mercantil prestados a personas no domiciliadas en el país(extranjeros).
¿EN QUÉ CASOS SE DEBE EMITIR LA FACTURA?
Se emitirán en los siguientes casos:
a) Cuando la operación se realice con sujetos del IGV (Impuesto General a las Ventas) que tengan derecho al crédito fiscal.
b) Cuando el comprador o usuario lo solicite a fin de sustentar gasto o costo para efecto tributario.
c) Cuando el sujeto del RUS (Régimen Único Simplificado) lo solicite a fin de sustentar crédito deducible para efectos del Impuesto a la Renta.
d) En otras operaciones señalas en el numeral 1 del artículo 4º del Reglamento de Comprobantes de Pago.
¿CON CUÁNTAS COPIAS SE DEBE EMITIR LA FACTURA?
Se deberá emitir en tres copias, la primera denominada "Adquirente o Usuario", la segunda denominada "Emisor" y la tercera "SUNAT".
Luego de emitido el comprobante la primera y tercera copia deberá ser entregada al comprador o usuario, quedándose la segunda con la empresa o persona responsable de la venta o prestación del servicio.
En las copias se consignará además la leyenda "Copia sin derecho a crédito fiscal del IGV". En los casos de operaciones de exportación, no es obligatorio consignar esta leyenda.
¿SE DEBE ENTREGAR FACTURA CUANDO SE REALIZA UNA VENTA O TRANSFERENCIA GRATUITA?
En el caso en que se transfiera mercadería o preste un servicio en forma gratuita, tales como promociones, regalos, donaciones, etc., cuando se done o entregue bienes en forma gratuita irá la leyenda: "Transferencia gratuita"; mientras que por el servicio prestado en forma gratuita irá: "Servicio prestado gratuitamente", y se precisará el valor de venta o el importe del servicio prestado que haya correspondido a cada operación respectivamente y en el importe a pagar el valor nulo o cero (S/. 0.00).
Es un comprobante de pago que se emite en operaciones netamente comerciales.
¿QUIENES DEBEN EMITIR FACTURA?
Las personas naturales o jurídicas dedicadas a comercializar productos, producir o prestar servicios, además se encuentren acogidos al Régimen Especial de renta (RER) o Régimen General.
¿A QUIENES SE EMITE LA FACTURA?
Las facturas se emiten a los adquirentes o usuarios que posean RUC, salvo en operaciones de exportación y servicios de comisión mercantil prestados a personas no domiciliadas en el país(extranjeros).
¿EN QUÉ CASOS SE DEBE EMITIR LA FACTURA?
Se emitirán en los siguientes casos:
a) Cuando la operación se realice con sujetos del IGV (Impuesto General a las Ventas) que tengan derecho al crédito fiscal.
b) Cuando el comprador o usuario lo solicite a fin de sustentar gasto o costo para efecto tributario.
c) Cuando el sujeto del RUS (Régimen Único Simplificado) lo solicite a fin de sustentar crédito deducible para efectos del Impuesto a la Renta.
d) En otras operaciones señalas en el numeral 1 del artículo 4º del Reglamento de Comprobantes de Pago.
¿CON CUÁNTAS COPIAS SE DEBE EMITIR LA FACTURA?
Se deberá emitir en tres copias, la primera denominada "Adquirente o Usuario", la segunda denominada "Emisor" y la tercera "SUNAT".
Luego de emitido el comprobante la primera y tercera copia deberá ser entregada al comprador o usuario, quedándose la segunda con la empresa o persona responsable de la venta o prestación del servicio.
En las copias se consignará además la leyenda "Copia sin derecho a crédito fiscal del IGV". En los casos de operaciones de exportación, no es obligatorio consignar esta leyenda.
¿SE DEBE ENTREGAR FACTURA CUANDO SE REALIZA UNA VENTA O TRANSFERENCIA GRATUITA?
En el caso en que se transfiera mercadería o preste un servicio en forma gratuita, tales como promociones, regalos, donaciones, etc., cuando se done o entregue bienes en forma gratuita irá la leyenda: "Transferencia gratuita"; mientras que por el servicio prestado en forma gratuita irá: "Servicio prestado gratuitamente", y se precisará el valor de venta o el importe del servicio prestado que haya correspondido a cada operación respectivamente y en el importe a pagar el valor nulo o cero (S/. 0.00).
BOLETA DE VENTA
¿QUÉ ES UNA BOLETA DE VENTA?
Es un comprobante de pago que se emite en operaciones con consumidores o usuarios finales.
¿QUIENES DEBEN ENTREGAR BOLETA DE VENTA?
Todos aquellos que vendan bienes o presten servicios a consumidores finales, por ejemplo en bodegas, restaurantes, farmacias, zapaterías, ferreterías, etc., así como aquellos comprendidos en el Régimen Único Simplificado.
¿EN QUÉ MOMENTO SE DEBE ENTREGAR LA BOLETA DE VENTA?
En el caso de la venta de bienes muebles, debe entregarse en el momento en que se entrega el bien o en el que se recibe el pago, lo que ocurra primero.
¿DEBE IDENTIFICARSE AL COMPRADOR O USUARIO?
Cuando el importe de la venta y/o el servicio prestado supere S/. 700.00 (Setecientos nuevos soles) por operación será necesario identificar al comprador o usuario, consignando en el comprobante sus apellidos y nombres completos y número de documento de identidad.
Se tiene que tener en cuenta que este requisito es obligatorio para aquellas empresas generadoras de rentas de tercera categoría acogidos al Régimen General para efectos de deducir costo o gasto en concordancia al artículo 37° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, debiendo consignar al Denominación, Razón Social o Apellidos y Nombres así como el tipo y número de documento de identidad.
¿EXISTE UN MONTO MÍNIMO PARA LA EMISIÓN DE BOLETAS DE VENTA?
No existe un monto mínimo. Sin embargo, si el monto de la venta no supera los cinco nuevos soles (S/. 5.00) no hay obligación de entregar Boleta de Venta, salvo que el comprador lo solicite.
En estos casos, el vendedor deberá llevar un control diario, emitiendo una Boleta de Venta al final del día por el importe total de estas operaciones. Debe conservar en su poder el original y copia de la Boleta de Venta.
¿SE PUEDEN UTILIZAR LAS BOLETAS DE VENTA PARA SUSTENTAR EL CRÉDITO FISCAL DEL IGV?
No. Las Boletas de Venta no permiten ejercer el derecho al crédito fiscal, ni sustentar gasto o costo para efecto tributario, salvo en los casos señalados expresamente por la ley.
¿EN CUÁNTAS COPIAS DEBEN EMITIRSE LAS BOLETAS DE VENTA?
Debe emitirse en dos copias, la primera denominada "Emisor" se queda con la persona o empresa que la emite y la segunda "Adquirente o Usuario" se queda con el comprador o consumidor final.
Es un comprobante de pago que se emite en operaciones con consumidores o usuarios finales.
¿QUIENES DEBEN ENTREGAR BOLETA DE VENTA?
Todos aquellos que vendan bienes o presten servicios a consumidores finales, por ejemplo en bodegas, restaurantes, farmacias, zapaterías, ferreterías, etc., así como aquellos comprendidos en el Régimen Único Simplificado.
¿EN QUÉ MOMENTO SE DEBE ENTREGAR LA BOLETA DE VENTA?
En el caso de la venta de bienes muebles, debe entregarse en el momento en que se entrega el bien o en el que se recibe el pago, lo que ocurra primero.
¿DEBE IDENTIFICARSE AL COMPRADOR O USUARIO?
Cuando el importe de la venta y/o el servicio prestado supere S/. 700.00 (Setecientos nuevos soles) por operación será necesario identificar al comprador o usuario, consignando en el comprobante sus apellidos y nombres completos y número de documento de identidad.
Se tiene que tener en cuenta que este requisito es obligatorio para aquellas empresas generadoras de rentas de tercera categoría acogidos al Régimen General para efectos de deducir costo o gasto en concordancia al artículo 37° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, debiendo consignar al Denominación, Razón Social o Apellidos y Nombres así como el tipo y número de documento de identidad.
¿EXISTE UN MONTO MÍNIMO PARA LA EMISIÓN DE BOLETAS DE VENTA?
No existe un monto mínimo. Sin embargo, si el monto de la venta no supera los cinco nuevos soles (S/. 5.00) no hay obligación de entregar Boleta de Venta, salvo que el comprador lo solicite.
En estos casos, el vendedor deberá llevar un control diario, emitiendo una Boleta de Venta al final del día por el importe total de estas operaciones. Debe conservar en su poder el original y copia de la Boleta de Venta.
¿SE PUEDEN UTILIZAR LAS BOLETAS DE VENTA PARA SUSTENTAR EL CRÉDITO FISCAL DEL IGV?
No. Las Boletas de Venta no permiten ejercer el derecho al crédito fiscal, ni sustentar gasto o costo para efecto tributario, salvo en los casos señalados expresamente por la ley.
¿EN CUÁNTAS COPIAS DEBEN EMITIRSE LAS BOLETAS DE VENTA?
Debe emitirse en dos copias, la primera denominada "Emisor" se queda con la persona o empresa que la emite y la segunda "Adquirente o Usuario" se queda con el comprador o consumidor final.
NOTA DE PEDIDO
DEFINICIÓN:
La nota de pedido es un documento utilizado, por empresas y comercios para que los clientes puedan hacer solicitudes y pedidos de distinta índole, como productos o servicios especializados. Las notas de pedido se expiden (extienden) por duplicado o triplicado, del cual el original se queda en manos de la empresa, una copia es entregada al cliente y otra copia es enviada al encargado de surtir la mercancía o proporcionar el servicio.
En este documento se indican; la descripción, cantidad, tipo, condiciones y el precio por unidad de la mercancía solicitada. Una nota de pedido tiene algunos puntos fundamentales comunes, pero que pueden variar según el tipo de nota usada por cada empresa en particular.
PARTES DE LA NOTA DE PEDIDO:
PARTES DE LA NOTA DE PEDIDO:
· Nombre de la empresa que presta el servicio o provee el producto.
· Fecha de emisión de la nota.
· Nombre del cliente.
· Numero de orden.
· Lugar del pedido.
· Características del producto.
· Forma de pago.
· Firma del empleado autorizado de la empresa proveedora.
· Nombre del comprador.
· Domicilio del comprador.
· Domicilio de la empresa.
· Cantidad del pedido.
· Precio por unidad de la mercancía.
· Precio total.
· Nombre y firma del solicitante del pedido (persona o empresa).
CONTABILIDAD GENERAL
La contabilidad general implica el análisis desde distintos
sectores de todas las variables que inciden en este campo. Para esto es
necesidad llevar a cabo un registro sistemático y cronológico de las
operaciones financieras.
La contabilidad general de una empresa, por lo tanto, implica
el control de todas sus operaciones diarias: compra, venta, gastos,
inversiones, etc. El contador debe registrar, analizar, clasificar y resumir
dichas operaciones para volcarlas en un estado o balance con información veraz.
Existen distintas fases especializadas que forman parte de la
contabilidad general; veamos cada una de ellas en detalle, a continuación:
* la de costos se dedica a la clasificar y recopilar
información de los costos corrientes y en perspectiva;
* la fiscal, por su parte, está fundamentada en la
legislación impositiva de cada país. El contador debe encargarse de elaborar
los informes pertinentes para la presentación de declaraciones ante la
Administración Pública y para el pago de los impuestos;
* la financiera es la fase que se centra en la información
cuantitativa de las transacciones y de otros eventos económicos que son
susceptibles de cuantificación;
* la administrativa, por último, está vinculada a la
elaboración de informes internos. La información es analizada por los propios
responsables de la organización, quienes tomarán decisiones de gestión en base
a los datos aportados. Las políticas de una empresa suelen basarse en estos
informes de la contabilidad administrativa.
PERSONA JURIDICA
La persona jurídica o moral es una persona
ficticia capaz de ejercitar los derechos y adquirir las obligaciones para
realizar actividades que ocasionan plena responsabilidad jurídica que es
la imputabilidad jurídica de un hecho jurídico causada por la culpabilidad de la responsabilidad objetiva que es
un tipo de responsabilidad civil que se produce con independencia de
toda culpa por parte del sujeto responsable que supone el
nacimiento de obligaciones para el imputado y el nacimiento de derechos donde el
sujeto se encuentre en posición de reclamarlas, la persona natural o
jurídica no es más que la jurisdicción por el ordenamiento jurídico
de derechos y obligaciones por sujetos diferentes de los seres humanos.
Estas circunstancias permiten afirmar que
las personas jurídicas son, en estricto sentido un producto del derecho y solo
existen razón de él que sin su reconocimiento nunca tendrán responsabilidad
moral o material que son productos abstractos del derecho que permite a las
comunidades judicialmente para cumplir los objetivos trazados por sus miembros.
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